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Tarjeta Sanitaria Europea

Tarjeta Sanitaria Europea

Para que un ciudadano de la Unión Europea pueda ser atendido en cualquiera de los países integrantes de la Unión, con las mismas condiciones que en su propio país, debe acreditarse mediante la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE).

La TSE es una tarjeta individual que permite recibir atención médica en un país de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y Suiza, siempre que la estancia en dicho país sea temporal.

La TSE cubre la asistencia médica urgente para enfermedades o accidentes sobrevenidos, así como para la agudización de enfermedades crónicas, como asma, cardiopatías, etc. No será válida si el motivo del viaje es recibir un tratamiento específico o intervención quirúrgica en otro país.

La asistencia sanitaria en centros públicos de cada país de la Unión Europa, Espacio Económico Europeo y Suiza será gratuito (a cargo de la Seguridad Social Española) o en el caso de tener que abonar los gastos por adelantado, estos le serán reembolsados por la autoridad sanitaria del mismo país o en su caso por la S.S. Española a su regreso. Para ello deberá poder acreditar que en el momento de la asistencia estaba en posesión de la tarjeta en vigor.

Cualquier ciudadano de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y Suiza puede solicitarla en las oficinas de su sistema sanitario. En España debe personarse en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) y realizar la solicitud personal y para cada miembro de la familia. La TSE es individual y cada miembro de la familia debe tener la suya propia.

Recuerda solicitar tu Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) al menos 15 días antes de tu viaje. Y si no has tenido esta previsión, puedes obtener un Certificado Provisional Sustitutorio (CPS). Miguel Sola Manero.

La TSE es válida hasta 1 año después de su expedición y no puede prorrogarse ni expedirse automáticamente a su caducidad, por lo que deberá solicitarse específicamente cada vez que emprenda un viaje. Ha de tener en cuenta que la tarjeta únicamente se envía por correo, por lo que debe solicitarse con una antelación mínima de 10 o 15 días.

En caso de no estar en posesión de la TSE, se puede obtener un Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) que le dará los mismos derechos durante el periodo de validez. Éste puede solicitarse mediante la oficina virtual de la Seguridad Social, aunque para realizar este trámite debe tener DNI electrónico o un certificado digital aceptado por la Seguridad Social. Alternativamente se puede solicitar en los CAISS que se envíe el CPS por correo electrónico o fax.

Si se está embarazada, la TSE cubre los tratamientos necesarios, incluido el parto, si se encuentra temporalmente en el país. Sin embargo, si se desea dar a luz en otro país, se debe solicitar autorización para ello.

La TSE no cubre en ningún caso la repatriación (traslado a su país de origen) para proseguir el tratamiento o posterior a este. Para esta cobertura o coberturas en centros privados se debe tener un seguro de viaje por separado.